Este Decreto regula el ROPO y atribuye competencias de las potestades sancionadoras y de inspección en la C. Valenciana. Regula la formación de los usuarios porfesionales. Además, en la única disposición transitoria especifica que los porfesionales con carné en vigor se incoproran de oficio al ROPO. Finalmente deroga el Decreto 27/2007 sobre los carnés de fitosanitarios y la Orden de 21 de octubre de 1993 sobre la inscripción en el ROESP.